La industria cosmética colombiana ha crecido de manera sostenida, con marcas de Bogotá, Medellín, Cali y otras ciudades que cada vez más apuntan al mercado estadounidense. Desde 2023, la Ley de Modernización de la Regulación de Cosméticos (MoCRA) impone nuevas obligaciones a todos los fabricantes extranjeros que deseen vender cosméticos en EE. UU.
Qué regula realmente este tema
MoCRA convirtió el registro de instalaciones y el listado de productos cosméticos en obligaciones federales para muchas empresas. El cumplimiento también incluye seguridad, gestión de eventos adversos, mantenimiento de registros, buenas prácticas y una clasificación correcta: una declaración terapéutica o SPF puede trasladar el producto al régimen de medicamentos.
MoCRA exige mirar más allá del registro inicial
La estrategia debe separar obligaciones de la instalación y de la persona responsable. Además de registrar y listar, la empresa necesita evidencia de seguridad, un canal de eventos adversos, etiquetas consistentes y control de cambios. La revisión debe abarcar también claims digitales, marketplaces y material del distribuidor.
Cómo se aplica a empresas de Colombia
Una empresa ubicada en Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla y Cartagena está sujeta a las mismas reglas federales que cualquier otro fabricante extranjero cuando su producto se ofrece para importación en Estados Unidos. La diferencia práctica está en coordinar documentos locales, traducciones, nombres legales, direcciones y responsabilidades dentro de una cadena de suministro internacional. En sectores como café, cacao, frutas procesadas, suplementos, cosméticos y productos farmacéuticos, una sola empresa puede operar varias plantas o vender productos de categorías distintas; cada ubicación y cada categoría deben evaluarse por separado.
Requisitos que deben verificarse antes de presentar
- Identificar al fabricante, al responsable cuyo nombre aparece en la etiqueta y al US Agent de cada instalación extranjera.
- Obtener o confirmar el FEI antes del registro de la instalación y mantener la renovación bienal cuando corresponda.
- Listar cada producto comercializado con sus ingredientes y actualizar la información conforme a los plazos de MoCRA.
- Revisar ingredientes, aditivos de color, advertencias, identidad, contenido neto, información empresarial y declaraciones de marketing.
- Implementar un procedimiento documentado para recibir, investigar, conservar y reportar eventos adversos graves.
- Verificación específica: FEI y registro de instalación.
- Verificación específica: listado por producto.
- Verificación específica: persona responsable y contacto.
- Verificación específica: seguridad, eventos adversos y claims.
Documentos y datos que conviene reunir
El expediente debe permitir que una tercera persona reconstruya qué se fabrica, dónde se fabrica, bajo qué controles y quién responde en Estados Unidos. Antes de iniciar el trámite, conviene reunir y validar los siguientes elementos:
- FEI y datos legales de la instalación fabricante o procesadora
- lista INCI completa y fórmula cualitativa de cada producto
- arte de etiqueta, variantes, tamaños y datos de la persona responsable
- expediente de seguridad y soporte de las declaraciones publicitarias
- procedimientos de eventos adversos, trazabilidad y actualización de listados
Aspectos específicos que no deben perderse
¿Qué es MoCRA y qué implica para los fabricantes colombianos?
MoCRA es la sigla de Modernization of Cosmetics Regulation Act, aprobada por el Congreso de EE. UU. en 2022 y en vigor desde 2023. Por primera vez en más de 80 años, la FDA tiene autoridad reforzada sobre la industria cosmética. La ley exige el registro de instalaciones y el listado de productos para todas las empresas extranjeras que comercialicen cosméticos en el mercado estadounidense.
Las obligaciones de MoCRA aplican a toda empresa que: fabrique o envase cosméticos para el mercado estadounidense, tenga su marca en productos que se venden en EE. UU., o subcontrate la producción (OEM/ODM) a fábricas que manufacturan para el mercado de EE. UU. Esto incluye marcas de skincare, haircare, maquillaje, fragancias y productos de higiene personal colombianos.
Pasos para el registro MoCRA de marcas cosméticas colombianas
Paso 1: Identifica todas las instalaciones de producción y envasado. Paso 2: Registra cada instalación en la FDA a través de la plataforma Cosmetics Direct. Paso 3: Elabora el listado de productos (product listing) con ingredientes en nomenclatura INCI, usos declarados e información de etiqueta. Paso 4: Designa y registra al US Agent. Paso 5: Renueva el registro cada dos años y actualízalo ante cualquier cambio de producto.
Proceso recomendado, paso a paso
- Clasificar el producto según su uso previsto, composición, declaraciones y forma de presentación.
- Mapear todas las entidades e instalaciones que fabrican, procesan, empacan, almacenan, importan o distribuyen el producto.
- Comparar la información legal y técnica entre documentos locales, identificadores, registros y arte de etiqueta.
- Completar las presentaciones aplicables y guardar confirmaciones, versiones y accesos bajo control de la empresa.
- Realizar una revisión previa al envío y asignar responsables para renovaciones, cambios y comunicaciones regulatorias.
Errores frecuentes y cómo prevenirlos
- Evite suponer que una notificación europea CPNP cubre las obligaciones estadounidenses.
- Evite usar la expresión “FDA approved” para un registro o listado cosmético.
- Evite no revisar aditivos de color según el área de uso del producto.
- Evite clasificar como cosmético un producto con SPF o declaraciones de tratamiento.
La mejor prevención es una revisión cruzada independiente antes de presentar. La persona que verifica debe comparar el expediente contra el producto y la operación reales, no limitarse a revisar que todos los campos del formulario tengan algún contenido.
Qué debe mantenerse después del registro o lanzamiento
La instalación debe renovar su registro cada dos años cuando esté obligada, mientras que el listado de productos debe mantenerse actualizado. Las nuevas fórmulas, cambios de responsable, discontinuaciones y eventos adversos no deben acumularse para una revisión anual informal: cada cambio necesita un responsable y una fecha de cierre.
Fuentes oficiales y apoyo de FDABridge
Las reglas y guías cambian. Antes de tomar una decisión, consulte la fuente oficial correspondiente: https://www.fda.gov/cosmetics/cosmetics-laws-regulations/modernization-cosmetics-regulation-act-2022-mocra y https://www.fda.gov/cosmetics/registration-listing-cosmetic-product-facilities-and-products. FDABridge ayuda a las empresas colombianas a definir el alcance, corregir inconsistencias y gestionar presentaciones FDA o europeas sin presentar el registro como una aprobación del producto. Para revisar su caso, visite fdabridge.com/contact.
¿Necesita ayuda con MoCRA?
Podemos gestionar el registro de instalaciones, el listado de productos y la revisión de etiquetas cosméticas.