La industria cosmética peruana está experimentando un auge exportador impulsado por la riqueza de ingredientes naturales andinos como el aceite de rosa mosqueta, el aceite de sacha inchi, la maca, el camu camu y la lúcuma. Las empresas de Lima, Arequipa y Cusco están posicionando sus productos en el creciente mercado de belleza natural y orgánica de EE.UU. Sin embargo, desde 2023, la Ley MoCRA exige un nuevo marco de cumplimiento regulatorio ante la FDA para todas las marcas cosméticas extranjeras.
Qué regula realmente este tema
MoCRA convirtió el registro de instalaciones y el listado de productos cosméticos en obligaciones federales para muchas empresas. El cumplimiento también incluye seguridad, gestión de eventos adversos, mantenimiento de registros, buenas prácticas y una clasificación correcta: una declaración terapéutica o SPF puede trasladar el producto al régimen de medicamentos.
MoCRA exige mirar más allá del registro inicial
La estrategia debe separar obligaciones de la instalación y de la persona responsable. Además de registrar y listar, la empresa necesita evidencia de seguridad, un canal de eventos adversos, etiquetas consistentes y control de cambios. La revisión debe abarcar también claims digitales, marketplaces y material del distribuidor.
Cómo se aplica a empresas de Perú
Una empresa ubicada en Lima, Arequipa, Trujillo, Callao y Cusco está sujeta a las mismas reglas federales que cualquier otro fabricante extranjero cuando su producto se ofrece para importación en Estados Unidos. La diferencia práctica está en coordinar documentos locales, traducciones, nombres legales, direcciones y responsabilidades dentro de una cadena de suministro internacional. En sectores como café, cacao, quinua, frutas, ingredientes naturales, suplementos y cosméticos, una sola empresa puede operar varias plantas o vender productos de categorías distintas; cada ubicación y cada categoría deben evaluarse por separado.
Requisitos que deben verificarse antes de presentar
- Identificar al fabricante, al responsable cuyo nombre aparece en la etiqueta y al US Agent de cada instalación extranjera.
- Obtener o confirmar el FEI antes del registro de la instalación y mantener la renovación bienal cuando corresponda.
- Listar cada producto comercializado con sus ingredientes y actualizar la información conforme a los plazos de MoCRA.
- Revisar ingredientes, aditivos de color, advertencias, identidad, contenido neto, información empresarial y declaraciones de marketing.
- Implementar un procedimiento documentado para recibir, investigar, conservar y reportar eventos adversos graves.
- Verificación específica: FEI y registro de instalación.
- Verificación específica: listado por producto.
- Verificación específica: persona responsable y contacto.
- Verificación específica: seguridad, eventos adversos y claims.
Documentos y datos que conviene reunir
El expediente debe permitir que una tercera persona reconstruya qué se fabrica, dónde se fabrica, bajo qué controles y quién responde en Estados Unidos. Antes de iniciar el trámite, conviene reunir y validar los siguientes elementos:
- FEI y datos legales de la instalación fabricante o procesadora
- lista INCI completa y fórmula cualitativa de cada producto
- arte de etiqueta, variantes, tamaños y datos de la persona responsable
- expediente de seguridad y soporte de las declaraciones publicitarias
- procedimientos de eventos adversos, trazabilidad y actualización de listados
Aspectos específicos que no deben perderse
MoCRA (Modernization of Cosmetics Regulation Act) es una ley aprobada por el Congreso de EE.UU. en 2022 y vigente desde 2023 que actualiza el marco regulatorio de los cosméticos por primera vez en más de 80 años. Bajo MoCRA, todas las empresas que fabriquen, procesen, envasen o distribuyan cosméticos para el mercado estadounidense deben registrar sus instalaciones y listar sus productos ante la FDA. Esto incluye a las marcas peruanas que vendan en EE.UU. directa o indirectamente.
La obligación de registro bajo MoCRA aplica a cualquier empresa peruana que: fabrique o procese cosméticos para el mercado de EE.UU., tenga su nombre de marca en productos vendidos en EE.UU., o utilice un fabricante por contrato en Perú para distribuir en EE.UU. Quedan exentas únicamente las empresas con ventas netas de cosméticos inferiores a USD 1 millón anuales que no hayan tercerizado la manufactura.
Pasos del proceso de registro MoCRA
Paso 1: Identificar todas las instalaciones involucradas en la fabricación, procesado o envasado. Paso 2: Registrar cada instalación a través del sistema Cosmetics Direct de la FDA. Paso 3: Elaborar un listado de productos con nombre, categoría cosmética, ingredientes (nombres INCI), propósito de uso e información de la etiqueta. Paso 4: Incluir al Agente en EE.UU. en los archivos de registro. Paso 5: Renovar el registro cada dos años y actualizar cuando se produzcan cambios en productos o instalaciones.
Etiquetado cosmético para el mercado de EE.UU.
Proceso recomendado, paso a paso
- Clasificar el producto según su uso previsto, composición, declaraciones y forma de presentación.
- Mapear todas las entidades e instalaciones que fabrican, procesan, empacan, almacenan, importan o distribuyen el producto.
- Comparar la información legal y técnica entre documentos locales, identificadores, registros y arte de etiqueta.
- Completar las presentaciones aplicables y guardar confirmaciones, versiones y accesos bajo control de la empresa.
- Realizar una revisión previa al envío y asignar responsables para renovaciones, cambios y comunicaciones regulatorias.
Errores frecuentes y cómo prevenirlos
- Evite suponer que una notificación europea CPNP cubre las obligaciones estadounidenses.
- Evite usar la expresión “FDA approved” para un registro o listado cosmético.
- Evite no revisar aditivos de color según el área de uso del producto.
- Evite clasificar como cosmético un producto con SPF o declaraciones de tratamiento.
La mejor prevención es una revisión cruzada independiente antes de presentar. La persona que verifica debe comparar el expediente contra el producto y la operación reales, no limitarse a revisar que todos los campos del formulario tengan algún contenido.
Qué debe mantenerse después del registro o lanzamiento
La instalación debe renovar su registro cada dos años cuando esté obligada, mientras que el listado de productos debe mantenerse actualizado. Las nuevas fórmulas, cambios de responsable, discontinuaciones y eventos adversos no deben acumularse para una revisión anual informal: cada cambio necesita un responsable y una fecha de cierre.
Fuentes oficiales y apoyo de FDABridge
Las reglas y guías cambian. Antes de tomar una decisión, consulte la fuente oficial correspondiente: https://www.fda.gov/cosmetics/cosmetics-laws-regulations/modernization-cosmetics-regulation-act-2022-mocra y https://www.fda.gov/cosmetics/registration-listing-cosmetic-product-facilities-and-products. FDABridge ayuda a las empresas peruanas a definir el alcance, corregir inconsistencias y gestionar presentaciones FDA o europeas sin presentar el registro como una aprobación del producto. Para revisar su caso, visite fdabridge.com/contact.
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